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La Dirección General de Cultura y Educación informa a la comunidad educativa que las medidas anunciadas por el Gobierno Nacional, respecto al impuesto a las ganancias de la 4ta categoría – Decreto N ° 473/2023 y RG (AFIP) 5417/2023 -, rigen a partir del 1º de octubre de 2023, es decir impactará en los sueldos devengados en el mes de octubre, que se cobrarán en noviembre 2023.
Septiembre (ya percibido)
Tributan impuesto sueldos a partir de $ 700.875 bruto (sin descuentos)
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Octubre (a percibir 5to día hábil de noviembre)
Tributan impuesto sueldos a partir de $1.980.000 bruto (sin descuentos). Equivalente a 15 (quince) salarios mínimo, vital y móvil (SMVM) a valores vigentes a octubre/23. AP