Oficializan los criterios para la extensión de la jornada de clases, en escuelas primarias bonaerenses

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Con el objetivo de avanzar paulatinamente en el cumplimiento de lo establecido de la Ley Nacional de Educación N°26.206 que establece: “Las escuelas primarias serán de jornada extendida o completa con la finalidad de asegurar el logro de los objetivos fijados para este nivel por la presente ley”, el Ministerio de Educación de la Nación definió dar un nuevo impulso a la extensión de la jornada de clases en las escuelas primarias y, para ello, financiar la inversión necesaria por el plazo de 5 años.

Desde la Dirección General de Cultura y Educación “celebramos esta iniciativa, que también permitirá cumplir con el mandato de la Ley Provincial de Educación y con las metas del Plan Sexenal 2022-2027 definido por el gobierno bonaerense”. Por ello, señalaron que trabajan en la ampliación del número de escuelas de jornada completa y, en otras, en el pasaje de una jornada de 20 a una de 25 horas semanales, “dado que un mayor tiempo de clases contribuye positivamente en la probabilidad de promover de año de estudio y en la adquisición de aprendizajes”.

Criterios más relevantes

1. Objeto de la hora de clases adicional: Fortalecer el trabajo en el aula sobre contenidos curriculares de lectura y escritura, matemática y ciencias, con orientaciones didácticas que establecerá la Dirección Provincial de Educación Primaria.

2. Acuerdos con cada comunidad educativa: El pasaje de jornada de 20 a 25 horas semanales durante los años 2022 y 2023 será un trabajo consensuado. No se impondrá a ninguna institución y se tratará de una decisión de cada comunidad educativa, en función de las posibilidades de cada escuela y en trabajo conjunto con las Jefaturas Distritales y Regionales y la Dirección Provincial de Educación Primaria. Asimismo, es posible que haya decisiones que se tomen en base a acuerdos territoriales, involucrando a un conjunto de escuelas.

3. Universo de escuelas que pueden pasar a la jornada de 25 horas: Todas las escuelas primarias de gestión estatal (dependencia provincial) pueden adecuar la jornada a 25 horas, con la única excepción de escuelas unitarias de menos de 5 estudiantes. Los establecimientos que actualmente cuentan con jornada de 4 horas y media diarias, también podrán adicionar una hora más.

4. Momento de implementación: El pasaje podrá realizarse durante el segundo semestre de 2022, debiendo iniciarse efectivamente la jornada de 25 horas semanales hasta octubre inclusive.

Si un establecimiento decide incrementar la jornada escolar, pero no puede implementarla en el lapso temporal determinado anteriormente, tendrá la posibilidad de planificar la institucionalización de la medida para el inicio del ciclo lectivo 2023. En este caso, si una institución requiriese de alguna modificación puntual para implementarla, la solicitud deberá ser elevada para su análisis específico, por los canales que oportunamente se fijen.

5. Alcances de la implementación. Para todas las secciones (cursos) de la escuela y para todas/os las/os estudiantes: La extensión de la jornada a 25 horas semanales debe implementarse en todas las secciones del establecimiento, indistintamente del modelo organizacional adoptado. En este sentido, no es posible que en una escuela algunas secciones (por ejemplo, de uno de los ciclos, o de uno de los turnos) cuenten con jornada de 25 horas y otras no. Una vez acordado institucionalmente el incremento de la jornada escolar, la asistencia a la hora adicional será obligatoria para todas/os las/os estudiantes de la escuela.

6. Modelos organizacionales posibles: Cada establecimiento podrá optar por la alternativa que mejor se adapte a sus posibilidades y necesidades, en función de las condiciones físicas (infraestructura), de organización y características de la comunidad educativa. En este sentido, la extensión de la jornada podrá implementarse de acuerdo a las siguientes alternativas, considerando el carácter voluntario del pasaje a jornada de 25 horas y la inviolabilidad de las características del puesto de trabajo explicitadas en el apartado 2:

(a) Si todas/os las/os maestras/os de grado e integrantes del equipo directivo están de acuerdo con la nueva jornada de 25 horas semanales, se podrá modificar el horario habitual.

(b) Si hay acuerdo institucional en implementar la jornada de 25 horas, pero no todas/os las/os directivos y docentes están de acuerdo en modificar el horario habitual, el horario de la nueva jornada no podrá variar y por tanto las horas adicionales deberán realizarse antes o después del mismo. Si el esquema propuesto implica atender alguna situación específica, esto será analizado particularmente, luego de ser informado por los canales que oportunamente se fijen. Existe amplia flexibilidad para encontrar el esquema que mejor se adapte a la institución, siempre y cuando se cumpla con las otras definiciones que enmarcan la estrategia.

Condiciones mínimas para pasar a jornada de 25 horas

Con abstracción de los requerimientos de espacio o infraestructura y del modelo de organización a implementar, es necesario que en las escuelas donde se evalúe el incremento de la jornada escolar, se garantice:

-La presencia de al menos un integrante del equipo directivo en cada turno en el momento en que tenga lugar la hora adicional.

-La cobertura de la hora adicional para todas las secciones, indistintamente del modelo organizacional implementado, todas las secciones deben incrementar su jornada escolar.

Por ejemplo, si en una escuela ubicada en contexto rural y alejada de centros urbanos que cuenta con dos secciones, uno de los docentes está interesado en cubrir la hora adicional, pero otro docente no, sería complejo cubrir la hora adicional de la sección a cargo de este último, dado que difícilmente otro docente tome una designación de 5 horas semanales (una diaria) que implica grandes distancias (y, por tanto, tiempo y un alto costo económico) para llegar a la escuela.

En cambio, si una escuela se ubica en un contexto urbano y una minoría de los docentes no acepta dar la hora adicional, se puede evaluar como factible cubrir las secciones en las que el docente no acepte, sea por parte de otros docentes de la institución, sea por acto público.

Cada una de las situaciones implica un análisis situado, que deberá ser realizado por el equipo de conducción en conjunto con la supervisión (Inspector/a de área y Jefe/a Distrital, en consulta con Jefe/a Regional).

Cabe indicar que la ampliación de la jornada es exclusiva para cubrir la hora de clases en cada sección y para garantizar la presencia de un integrante del equipo directivo en el horario extendido en cada turno, no aplicando a otros cargos (otros directivos, EOE, bibliotecarias/os, etc.).

Comedor

La extensión de la jornada a 25 horas semanales no implica que en el establecimiento se brindará el servicio de comedor. Asimismo, se mantendrá en caso de que la escuela contara con el mismo previamente. Esto último será un factor a considerar al momento de la reorganización institucional.

Para confirmar el pase a la jornada de 25 horas

Desde la DGCyE se informarán los mecanismos mediante los cuales las y los Jefas/es Regionales, Distritales y las/os inspectoras/es y/o los equipos directivos deberán informar la novedad del pase a la jornada de 25 horas semanales, las características que asumirá la misma y los tiempos de implementación. AP

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