
Luego de las medidas de cuidado anunciadas el día 14 de abril por Alberto Fernandez, y oficializadas en el DNU 241/2021, donde se incluía la vuelta a la modalidad virtual de las clases en los tres niveles educativos para moderar los contagios de coronavirus en el AMBA, el gobierno porteño decidió cuestionar la constitucionalidad del mismo ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, mediante un amparo, por “violar la autonomía de la Ciudad”. Por este motivo y, luego de que dos ONG (afines al gobierno porteño) solicitaron la nulidad de las medidas decretadas, fue que Horacio Rodriguez Larreta decidió acatar, y ostentar como victoria política, el fallo dictado por la Cámara de Apelaciones de la Ciudad (en lo Contencioso Administrativo y Tributario), el día domingo 18, que dictaminó la suspensión del DNU y llamó a las instituciones educativas porteñas a mantener las clases presenciales.
En respuesta a lo comunicado por el gobierno de la Ciudad aquel domingo, los gremios docentes, decidieron hacerse escuchar y anunciaron un paro en rechazo a la «insistencia del Gobierno de la Ciudad de mantener las escuelas abiertas». Vale recordar que, desde el día lunes 19 de abril, el plan de lucha sigue en pie “Porque salva vidas. Si es con paro, será con paro” advirtió Eduardo Lopez, secretario general adjunto de UTE a un medio radial.
El día martes 27 de abril, luego de que el Presidente de la Corte le diera un plazo de vista de 5 días hábiles, los abogados del Estado nacional comparecieron en la Corte Suprema para propugnar la validez constitucional del artículo 2 del DNU. Se presentaron informes del Ministerio de Salud que reflejaron el aumento exponencial de la curva de contagios, en particular, desde el regreso a las clases presenciales (quintuplicado en el AMBA). Los mismos mostraban que, el foco del problema, no está dentro de las instituciones sino en el movimiento que las clases presenciales generan en la sociedad. Además, apelando a la responsabilidad del Estado nacional de proteger la salud pública, se hizo referencia a la efectividad de las medidas llevadas adelante por otros países, entre las cuales se encuentra la suspensión temporal de las clases presenciales.

En este sentido, en el día de ayer, con el voto de los jueces Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti, Carlos Maqueda y Horacio Rossati, la Corte Suprema falló a favor de la demanda presentada por el gobierno porteño, asegurando que el DNU viola la “autonomía” de la Capital Federal. Asimismo, la integrante restante del máximo tribunal, Elena Highton de Nolasco, se abstuvo de votar manifestándose en contra de la competencia originaria de la Corte en este caso.
Sin embargo, vale aclarar que, en la parte resolutiva de los votos emitidos en el fallo, se reconoce que ya venció el plazo de vigencia del DNU 241/2021 y que no se declara su inconstitucionalidad. Es decir, el máximo tribunal dictó sentencia fuera de tiempo, y sólo fueron “meras indicaciones hacia el futuro”.
Frente a lo resuelto, desde el gobierno nacional se expresó que, desde el punto de vista jurídico, el fallo “no aporta nada” porque se refiere a un DNU que “ya perdió vigencia” y que fue sustituído por otro que dió lugar a un acuerdo llevado adelante por mayoría en el Consejo Federal de Educación (con excepción de los ministros de Mendoza y CABA), donde se establecieron los parámetros necesarios para el dictado de clases acorde al nivel epidemiológico de cada región del país.
Por otro lado, los referentes de los gremios docentes de la Ciudad expresaron su descontento frente al fallo de la Corte Suprema. Y, por su parte, los funcionarios pertenecientes al Gobierno porteño no se pronunciaron oficialmente.