
Tras la Comunicación Conjunta N° 01/2022 del Gobierno bonaerense, se dieron a conocer todos los detalles técnicos y administrativos de la inscripción al Ingreso a la Docencia al Listado Oficial 2023. Las y los docentes que quieran formar parte, podrán inscribirse a partir de hoy, 4 de abril hasta el 3 de junio.
El ingreso se realizará de manera virtual en la plataforma ABC , cumplimentando las pautas que servirán de guía para concretar el trámite. Los aspirantes que encuentren inconvenientes para registrarse o, no puedan utilizar el servicio “IID” (Inscripción Ingreso a la Docencia) por fallas técnicas del sistema, podrán consultar el servicio de Mesa de Ayuda (infoayuda@abc.gob.ar o llamando: 0800-222-6588), dependiente de la Dirección Provincial de Tecnología de la Información, donde obtendrán la guía necesaria para cumplir con el requisito de autogestionar su usuario/contraseña.
Información para la y el docente aspirante
• Podrá cumplimentar, a través de la plataforma ABC los datos requeridos en la Declaración Jurada Digital, sin necesidad de concurrir a la Secretaría de Asuntos Docentes.

• Deberá consignar los datos en la declaración jurada en la inscripción del Listado Oficial 2022-2023. En caso de ingresar en reiteradas oportunidades a efectos de agregar/rectificar información, será considerado como válido el último ingreso al sistema.
• Todos los archivos que se adjunten, deben tener el formato PDF, JPG, de otra forma el sistema no los procesará. Se sugiere unificar la documentación en único archivo de formato PDF para facilitar la recepción del sistema.
• Se sugiere usar el buscador Google Chrome, para utilizar la aplicación.
Información para la y el docente que ya se encuentre inscripto
Para realizar la inscripción deberán acceder a la plataforma ABC con usuario y contraseña, para lo cual necesitarán estar registrados para acceder al SERVADDO. Deberán consignar los datos en la declaración jurada de inscripción, en IID validando los datos que visualice en el SERVADDO y si requieren rectificación elegir la opción NO ACEPTAR los datos observados y continuar hasta finalizar la planilla.
Para esta rectificación, el docente deberá verificar la autogestión visitando el servicio DJD “Declaración Jurada Digital”. En caso de ingresar en reiteradas oportunidades a efectos de agregar/rectificar información, será considerado como válido el último ingreso al sistema.
Opciones de listado
108 A – Ampliatorio: En este listado figuran las y los docentes aspirantes que tengan el título expedido, legalizado y registrado, pero no se inscribieron en el momento se realizó el Ingreso a la Docencia. Luego, aparecerá en el Listado Oficial.
La inscripción se abre luego del Listado Oficial y entra en vigencia al año siguiente en que se realiza la misma.
108 A – In Fine: En este listado figuran las y los docentes aspirantes que tengan el título expedido, legalizado y registrado, pero no se inscribieron ni en el Listado Oficial ni en el listado 108 A – Ampliatorio.
La inscripción se encuentra abierta todo el año y entra en vigencia a partir del acto público siguiente.
108 B – Complementario: En este listado figuran las y los docentes aspirantes que no cumplan con algún requisito para el Listado Oficial, por ejemplo: personas que aún estén cursando la carrera docente aprobada o algún curso de formación.
El porcentaje necesario para anotarse en el listado, depende del nivel y de la modalidad. La inscripción, entra en vigencia al año siguiente en que se realiza la misma.
108 B – In Fine: En este listado figuran las y los docentes aspirantes que no cumplan con algún requisito para el Listado Oficial y que no pudieron anotarse en el Listado 108 B – Complementario.
El porcentaje necesario para anotarse en el listado, depende del nivel y de la modalidad. La inscripción, entra en vigencia al año siguiente en que se realiza la misma.
Listado de emergencia: En este listado figuran las y los docentes aspirantes que no cumplan con algún requisito para el Listado Oficial y que no pudieron anotarse en el Listado 108 B (Complementario o In Fine). La inscripción se habilita según las necesidades que tenga cada Secretaría de Asuntos Docentes (SAD) cuando no logran cubrirse los cargos con aspirantes de los listados anteriormente mencionados.
Cada SAD notificará por medio de circulares el momento de la inscripción y la documentación necesaria.