Novedades acerca de los Actos Públicos Digitales 2024

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La Dirección de Gestión de Asuntos Docentes dio a conocer la metodología de funcionamiento y marco normativo que regula la actividad docente acerca de los Actos Públicos Digitales 2024. Enmarcó que, “frente al inicio de un nuevo ciclo lectivo, surgen diferentes inquietudes sobre el funcionamiento y la metodología de los Actos Públicos Digitales:

Todas y todos los docentes que se encuentren inscriptos en algún listado vigente:

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Listado Oficial 2024 (LOF), 108 A y 108 A In fine, 108 B y 108 B In Fine, Emergencia,

Difícil Cobertura y listados por Proyectos.

Accedí por APD a un cargo suplente o provisional con el LOF 2023 y lo renuncié en el año 2024 ¿Estoy al final del listado? No. Al momento de la designación no se tendrán en cuenta los cargos y/o horas cátedra o módulos que se hubieran obtenido previamente en ciclos lectivos anteriores en carácter de titular, provisional o suplente, en cualquier jurisdicción (Circular 1/10 del DTC).

Aquel docente que renunciara, no hiciese toma de posesión o abandonara el cargo, módulos y/o horas cátedra del año en curso, con anterioridad al período para el que fuese designado, pasará a ocupar el último lugar en todos los cargos, horas cátedra o módulos que figurara, en ese Nivel o Modalidad de la Educación en todos los distritos solicitados (Circular 1/10 del DTC).

Ejemplo: si renuncio a Historia de Educación Secundaria, y dentro de este Nivel o Modalidad (Dirección Docente) tengo habilitados más códigos en mi oblea, paso al final del listado en todo lo que esté habilitado en ese Nivel o Modalidad.

Si un aspirante hubiera sido designado en el mismo o distinto acto en horas cátedra y/o módulos, en cantidad inferior a la equivalencia a un cargo y se le ofreciera un cargo en el mismo Nivel o Modalidad

¿Qué sucede? Si un aspirante hubiera sido designado en el mismo o distinto acto en horas cátedra y/o módulos en cantidad inferior a la equivalencia a un cargo, y se le ofreciera un cargo en el mismo Nivel o Modalidad, podrá aceptarlo, debiendo renunciar a las horas cátedra o módulo. Consecuentemente, bajará al último lugar en el listado del Nivel o Modalidad.

Las citadas horas o módulos se llevarán a cobertura en el siguiente APD.

En esos casos se deberá presentar Declaración Jurada actualizada de cargos/ horas cátedra/ módulos titulares.

Sí, las postulaciones pueden ser filtradas por fecha y por horario de cierre y desde allí se podrán ordenar.

Sí, se podrá aspirar poseyendo un cargo provisional o suplente en un Nivel o Modalidad a un primer cargo o equivalente como provisional o suplente en otro Nivel y/o

Modalidad de la Educación, por ser considerado OTRO LISTADO. Por ejemplo: secundaria es distinto de técnico y profesional. CIRCULAR 1/10. AP

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